Convenio entre el Instituto Argentino de Normalización (IRAM) y la Sociedad Argentina de Radiología
Entre el Instituto Argentino de Normalización, antes denominado Instituto Argentino de Racionalización de Materiales, en adelante IRAM, representado en este acto por su Director General Ing. José Francisco López, con domicilio en la calle Perú 552 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y la Sociedad Argentina de Radiología en adelante SAR, representada por su Presidente el Prof. Dr. Ricardo García Mónaco, su Secretario General Prof. Dr. Eduardo González Toledo y su Tesorero Dr. Carlos Tarzian con domicilio en Tucumán 2075, 1º piso de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la otra parte, de conformidad con sus respectivos Estatutos Sociales, se reúnen para establecer un acuerdo y convenio marco, que procure a la realización de actividades conjuntas, que conduzcan a la promoción, conocimiento y aplicación de sus respectivas actuaciones sociales estatutarias, en el marco del convenio preexistente desde 6 de octubre del año 2000 entre el Instituto Argentino de Normalización y la Asociación Médica Argentina (AMA).
PRIMERA: Para la realización del objetivo propuesto para este Convenio Marco, las partes instrumentarán en cada caso el ámbito y contenido particular de cada propuesta, el que se anexará al presente.
SEGUNDA: Dentro de la amplitud de la común propuesta mencionada en los apartados anteriores y a mero título enunciativo, la SAR e IRAM, podrán celebrar cursos de capacitación conjuntos, para los socios y sociedades afines donde se describan y enseñen las metodologías y recaudos necesarios para obtener la normalización conforme a las normas IRAM.- El programa de dichos cursos responderá a los programas elaborados por Capacitación de Recursos Humanos del IRAM, coordinándose con la SAR, los aspectos vinculados a los grados y títulos que obtendrán los matriculados, lugar y fechas de realización, matrículas de inscripción y certificados de estudio, que serán expedidos con la firma de ambas instituciones.
TERCERA: La utilidad proveniente de las suscripciones a los cursos serán adjudicados por partes iguales a favor de la SAR y del IRAM, una vez devengados los gastos pertinentes destinándolos ambas instituciones a sus respectivos fines sociales.
CUARTA: La participación explícita de la AMA en lo expresado en los apartados 3 y 4 del presente marco se convendrá en cada caso en particular de común acuerdo entre las partes interesadas.
QUINTA: El presente convenio tendrá una duración de un año a partir de la fecha de su firma renovándose automáticamente por plazos similares, salvo que cualquiera de las partes lo denuncien con una antelación de sesenta días corridos.
SEXTA: Previa lectura y ratificación de su contenido, se firman dos ejemplares de similar tenor y a un mismo efecto, en la Ciudad Autónoma de buenos Aires, a los 6 días del mes de diciembre del 2001.
Prof. Ricardo García Mónaco
Presidente
Sociedad Argentina de Radiología |
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Ing. José Francisco López
Director General
Instituto Argentino de Normalización |
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Dr. Carlos Tarzian
Tesorero
Sociedad Argentina de Radiología |
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Prof. Dr. Eduardo González Toledo
Secretario General
Sociedad Argentina de Radiología |
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